ASUNTO: SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO RELACIONADO CON LOS PRODUCTOS HIPOTECARIOS

 

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Esta tarde he presentado varios escritos ante la Diputación Provincial de Almeria, Mesa del Parlamento Andaluz, Defensor del Pueblo Andaluz, Junta de Andalucía y Colegio de Abogados para que se realicen un apoyo institucional para que las Junta Arbitrales de Consumo tengan un sistema de arbitraje y mediación extrajudicial relacionados con los abusos bancarios. Seria un mecanismo extrajudicial con garantías de defensa y protección de los derechos de los consumidores como viene establecido en nuestra constitución y Estatuto de Autonomía de Andalucía

Misiva dirigida al Colegio de Colegados de Almeria

PRIMERO: El sistema de arbitraje en muchas ocasiones es una forma de proteger los derechos de consumidores que muchas veces se ven vulneración por la falta de transparencia, opacidad y falta de información cuando adquirimos un producto. Los productos hipotecarios no están exentos de esta polémica, generando una enorme confusión y falta de información para los usuarios que muchas veces sufren abusos cometidos por comisiones bancarias, cláusulas abusivas y enorme complejidad en una negociación extrajudicial para buscar una solución de buena fe en la solución del problema hipotecario.

Las mayoría de entidades financieras que operan en el término municipal de Almería están adheridas al “ Código de Buenas prácticas Bancarias creada en El Real Decretoley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, reformada por el Real Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social y Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad.

Muchos ciudadanos inician de buena fe un proceso de negociación extrajudicial con la entidad financiera, por sus propios medios, sin que la entidad financiera les proporcione una adecuada información, aplique cláusulas no previstas y otro tipo de abusos, sin que el consumidor tenga las suficientes herramientas para poder reclamar una medicación de un tercero que pueda buscar una adecuada solución extrajudicial.

Aunque el Ayuntamiento de Almería y Diputación Provincial de Almería, haya puesto en marcha la Oficina de Intermediación Hipotecaria en colaboración con el Colegio de Abogados de Almería, muchas veces los propios profesionales que asesoran a los usuarios que reclaman este tipo de cobertura, tienen las mismas dificultades en el proceso de negociación extrajudicial. El Colegio de Abogados de Almería no puede ser ajeno a este tipo de problemas relacionados con los consumidores del ámbito financiero, que repercute de forma directa sobre la economía familiar, siendo necesario que adopte los instrumentos necesarios para que las Juntas Arbitrales de Consumo pueda establecer algún tipo de arbitraje para este tipo de casos de negociación extrajudicial y otro tipo de cláusulas hipotecarias.

SEGUNDO: La Ley 3/2016, de 9 de junio, para la protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en la contratación de préstamos y créditos hipotecarios sobre la vivienda, ha establecido un sistema extrajudicial de consumo relacionado con esta materia, sin que hasta la fecha se haya puesto en marcha.

La ley establece lo siguiente: Arbitraje, mediación y acciones de cesación Artículo 17. Arbitraje, mediación y acciones de cesación.

1. Se crea, con la denominación de Tribunal Arbitral Andaluz para Ejecuciones Hipotecarias y Desahucios, la Sección de Arbitraje para Ejecuciones Hipotecarias y Desahucios en el ámbito de la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía.

La Administración de la Junta de Andalucía promoverá que las empresas prestamistas que otorguen préstamos hipotecarios para la adquisición de vivienda incluyan en las condiciones generales o específicas de contratación la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.

2. Asimismo facilitará a las personas consumidoras y usuarias información sobre las empresas prestamistas que están adheridas a dicho sistema.

3. La Administración de la Junta de Andalucía fomentará la mediación extraprocesal entre las empresas prestamistas y las personas consumidoras y usuarias, previa o simultáneamente con cualquier otro procedimiento de ejecución judicial o notarial, al objeto de alcanzar una solución consensuada, encaminada hacia la búsqueda de acuerdos que hagan viable que la persona consumidora y usuaria conserve la propiedad de la vivienda y, subsidiariamente, la posibilidad de mantener el uso de esta.

A tal objeto, se crearán órganos de mediación sectoriales constituidos en el seno del Consejo Andaluz de Consumo y sus consejos provinciales.

TERCERO: El Ayuntamiento del Ejido y Diputación Provincial de Almería, ha aprobado mociones relativas a impulsar un sistema de arbitraje relacionada con productos financieros y hipotecarios dentro de sus competencias, sin que hasta la fecha se hayan tenido constancia de su puesta en marcha.

CUARTO: Han sido diversas las demandas de colegiados/as que han demandado la creación de un grupo de trabajo relacionado con el derecho hipotecario, una cuestión controvertida donde es necesario una adecuada formación específica y actualizada, sobre todo tras las últimas reformas del gobierno y jurisprudencia del TJUE sobre esta materia

Por todo ello, elevo el siguiente acuerdo.

– El Colegio de Abogados de Almería instara a la Diputación Provincial de Almería y los Ayuntamientos del Ejido y Almería para que ponga en marcha en sus juntas arbitrales de consumo locales un establecerá un sistema de arbitraje propio relacionado con derecho de consumidores de productos financieros y hipotecarios

– El Colegio de Abogados de Almería instara a la Junta de Andalucía para que ponga en marcha el sistema de arbitraje mediante el Tribunal Arbitral Andaluz para Ejecuciones Hipotecarias y Desahucios, la Sección de Arbitraje para Ejecuciones Hipotecarias y Desahucios en el ámbito de la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía conforme a lo establecido en La Ley 3/2016, de 9 de junio, para la protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en la contratación de préstamos y créditos hipotecarios sobre la vivienda

– El Colegio de Abogados de Almería pondrá en marcha un grupo colegial de derecho hipotecario para analizar las últimas reformas legislativas y jurisprudencial relacionadas con el derecho hipotecario y consumidores.

Todas estas peticiones mejorarían la actuación de los profesionales en las labores realizadas en la Oficina de Intermediación Hipotecaria.

En Almería, 20 de marzo de 2017

Fdo. Enrique Ruiz Guerrero

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