Ultima setencia TJUE, duro varapalo a las entidades financieras

Las reciente sentencia del TJUE de 26 de Enero ha supuesto otro duro revés a las entidades financieras, por  no cumplir las previsiones estipuladas en materia de transparencia bancaria, en este caso la propia entidad en ningún momento ha cumplido las previsiones en materia de transparencia bancaria.

Estas con las conclusiones de la sentencia:

  • Consolida la jurisprudencia comunitaria que las clausulas abusivas no vinculan a las partes, siendo nulas desde el principio de la constitución del contrato
  • Los jueces puede ejercer el control de oficio sobre clausulas abusivas en cualquier momento del procedimiento , siempre que no se hayan podido plantear en la fase de oposición o no se haya podido plantear mediante incidente de nulidad de actuaciones. Por lo tanto, los jueces tienen obligación de hacer este control de oficio
  • El TJUE se pronuncia sobre la abusividad de la clausula de 360 para el calculo del año comercial, en vez de aplicar el 365. Lo que supone el primer pronunciamiento sobre esta clausula abusiva
  • Se produce el primer pronunciamiento sobre la clausula de vencimiento anticipado, que no podrá vincular a las partes porque es una clausula totalmente abusiva, lo que supone una claro desequilibrio entre las partes,  por lo tanto serán nulas todas las ejecuciones que se hayan iniciado aplicando esa clausula de vencimiento anticipado.

Esta sentencia no supone la victoria final contra las entidades financieras pero supone un elemento de defensa judicial clave para poder alegarlo como una cuestión previa en todos los procedimientos judiciales y poder pedir el control de oficio en todos aquellos procedimientos que no haya sido posible hacerlo.

Os dejo enlace de la sentencia

Setencia TJUE sobre vencimiento anticipado

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